HIZKUNTZA    
   APRENDER EUSKARA    ENSEÑANZA    CULTURA    PUBLICACIONES    AYUDAS    TOPONIMIA    CONCURSOS   

ESTAS AQUÍ: Sarrera »  Publicaciones »  Normas para la normalización del uso del euskera »  Introducción

Introducción

Normas para la normalización del uso del euskera



NORMAS PARA LA NORMALIZACIÓN

DEL USO DEL EUSKERA EN EL AYUNTAMIENTO

Y MUNICIPIO DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN



La Legislación en vigor confía a los poderes públicos de la Comunidad Autónoma Vasca la adopción de las medidas encaminadas a asegurar el desarrollo y la normalización del uso del euskara, considerando su doble dimensión de parte fundamental del Patrimonio Cultural del Pueblo Vasco y, junto con el castellano, idioma de uso oficial en el territorio de la Comunidad Autónoma.

La Ley 10/1982 de 24 de diciembre, Básica de Normalización del uso del Euskera, vino a establecer determinadas obligaciones a las Administraciones Públicas de Euskadi a consecuencia del reconocimiento de los derechos lingüísticos de los ciudadanos, que posteriormente se desarrollan en el Decreto 250/86 de 25 de noviembre. que regula el uso y normalización del euskera en las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi y crea la figura del perfil lingüístico de los puestos de trabajo.

La Ley 6/89 de 6 de .julio , de la Función Pública Vasca , aborda la normalización lingüística, que descansa sobre la base
del perfil lingüístico directamente relacionado con los procedimientos de acceso a la Función Pública y carrera administrativa, y perfiles que junto con la fecha de su preceptividad han de incluirse necesariamente en la relación de puestos de trabajo.

El desarrollo de las disposiciones legales citadas se efectúa a través del Decreto 224/89, de 17 de octubre, que aborda la regulación de los procesos de normalización lingüística, con absoluto respeto al principio de autonomía de las Administraciones Públicas, a quien corresponde tomar las medidas necesarias para alcanzar los objetivos previstos, así como la adopción del acuerdo de asignación a cada puesto de trabajo de su correspondiente perfil lingüístico.

En base a las disposiciones legales citadas, la presente normativa establece las bases de la actuación municipal en aras de normalizar el uso del euskera tanto en el funcionamiento interno de la administración y en sus relaciones con el ciudadano, como en la vida social del municipio.